martes, 10 de mayo de 2011

JNE abren proceso contra encuestadora de UPAO por supuesta infracción al reglamento

Bajo el Expediente  00822-2011-026, el Primer Jurado Electoral Especial de Trujillo, que preside el magistrado Ronal Saavedra Guzmán, sigue el caso de presunta infracción contra la Ley Electoral en contra de la encuestadora de la UPAO. Ayer se conoció la Resolución 001, fechada 05Mayo2011 de este colegiado. Se indica que el Director Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales del JNE elevó Informe Nº 014-2011-FRCN-DNFPE/JNE por el presunto incumplimiento al Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras, en el marco de las Elecciones Generales del año 2011, por parte de la empresa encuestadora INVESTIGA - Programa de Investigación y Mercados de la Universidad Privada Antenor Orrego.
Según el informe en cuestión, "Investiga" no ha presentado al JNE ficha técnica con requisitos exigidos, ni el informe técnico correspondiente de acuerdo al reglamento vigente. Asimismo se hace notar que los medios de comunicación están obligados a presentar las fichas técnicas de las encuestas que publican.
En el quinto considerando se lee "queda determinada la Comisión de la Infracción al Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras por parte de la empresa INVESTIGA - Programa de Investigación y Mercados de la Universidad Privada Antenor Orrego, al no haber remitido el informe completo y detallado de la encuesta sobre intención de voto realizada y publicada en un medio de comunicación".
Finalmente resuelve abrir procedimiento sancionador contra la empresa encuestadora INVESTIGA - Programa de Investigación y Mercados de la Universidad Privada Antenor Orrego, por presunta infracción al Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras, y le otorga el plazo de tres (3) días hábiles, luego de notificada la presente resolución, para que realice los descargos correspondientes (subsanación de omisiones), bajo apercibimiento de pronunciarse sin su absolución y, aplicarse la sanción administrativa de suspensión prevista en el artículo 14.2 del referido reglamento.

PALABRAS.....

Si ante los ojos de Dios y de este pueblo indignado,
no se puede llegar mas. Que somos gobernados
por corruptos e inmorales, Que se rejugian en leyes falaces,
para no ser juzgados. Entonces digo yo: por que han de callarme,
por que han de amordasarme, si no es delito decir la verdad.

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